miércoles, 18 de septiembre de 2013

Una negociación de por vida



Cualquiera que sea el ámbito de negocio en el que nos vayamos a mover es necesario conocer las condiciones exactas que el contrato estipula. Ya sea bien en un contrato de trabajo, donde medimos bien que las retribuciones salariales estén acordes con nuestra búsqueda o, como ocurre últimamente, con nuestra necesidad, o en un contrato de alquiler, donde observamos que las distintas clausulas que el propietario nos detalla estén bien desarrolladas para la buena relación inquilino-propietario, o también en un contrato hipotecario donde, por su larga duración, hay que dejar bien atado todas las clausulas, condiciones y demás estipulaciones que la entidad bancaria nos expone, que es muy distinto a aquellas clausulas que sin ser legales nos imponen.

En relación con este último, el contrato hipotecario, en Andalucía el Consejo de Gobierno tenía previsto aprobar ayer martes el anteproyecto de Ley para la Protección de los Consumidores de Productos Hipotecarios. Es decir, se ha elaborado es un contrato tipo donde las entidades financieras puedan asegurar las condiciones que va a llevar una hipoteca y que estas estén bendecidas por el organismo autónomo, en este caso la Junta de Andalucía, y las asociaciones de consumidores. Es un contrato donde impera la transparencia y donde consumidores y entidades financieras estén de acuerdo con lo desarrollado en el documento contractual. Se quiere garantizar que los contratos no incluyan cláusulas abusivas y que a su vez los consumidores estén en conocimiento de lo que firman. Entre algunas de sus condiciones, este anteproyecto prevé que el plazo en el que se deben mantener las condiciones propuestas al cliente aumente de 15 días a un mes para que el consumidor pueda compararla con otra entidad. En este caso el margen que tiene el cliente para pensar la propuesta es más amplio por lo que la decisión debería estar mejor estudiada. Además de ello, se obliga a que los contratos hipotecarios sean personalizados. Un contrato para cada cliente, es decir, una especialización contractual más detallada que la actual vigente, la cual está completamente desconocida su vigencia. Una condición más que estipula este anteproyecto es la necesaria y obligada función de las entidades financieras en informar de manera detallada todo lo que lleva aparejado el producto hipotecario, desde los seguros que les acompaña hasta la información relacionada con avalistas. Este borrador fue presentado a finales del año pasado y hasta hace pocos días no se ha terminado de negociar.

Esperemos que la negociación final haya dado sus frutos y este, sobre todo, al amparo de los consumidores, que son lo más afectados en estos tipos de contractos. Una participación ciudadana y la prohibición impuesta por el Tribunal Supremo para que se dejen de aplicar clausulas abusivas han resultado los detonantes para que las entidades bancarias desarrollen nuevos contratos hipotecarios más permisivos. Ojalá que con este nuevo contrato se deje de escribir la larga historia de los desahucios. 

Cuack!
 Fuente: EL DIARIO.ES

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