Cualquiera que sea el ámbito de
negocio en el que nos vayamos a mover es necesario conocer las condiciones
exactas que el contrato estipula. Ya sea bien en un contrato de trabajo, donde
medimos bien que las retribuciones salariales estén acordes con nuestra
búsqueda o, como ocurre últimamente, con nuestra necesidad, o en un contrato de
alquiler, donde observamos que las distintas clausulas que el propietario nos
detalla estén bien desarrolladas para la buena relación inquilino-propietario,
o también en un contrato hipotecario donde, por su larga duración, hay que
dejar bien atado todas las clausulas, condiciones y demás estipulaciones que la
entidad bancaria nos expone, que es muy distinto a aquellas clausulas que sin
ser legales nos imponen.
En relación con este último, el
contrato hipotecario, en Andalucía el Consejo de Gobierno tenía previsto
aprobar ayer martes el anteproyecto de Ley para la Protección de los
Consumidores de Productos Hipotecarios. Es decir, se ha elaborado es un
contrato tipo donde las entidades financieras puedan asegurar las condiciones
que va a llevar una hipoteca y que estas estén bendecidas por el organismo
autónomo, en este caso la Junta de Andalucía, y las asociaciones de
consumidores. Es un contrato donde impera la transparencia y donde consumidores
y entidades financieras estén de acuerdo con lo desarrollado en el documento
contractual. Se quiere garantizar que los contratos no incluyan cláusulas
abusivas y que a su vez los consumidores estén en conocimiento de lo que
firman. Entre algunas de sus condiciones, este anteproyecto prevé que el plazo
en el que se deben mantener las condiciones propuestas al cliente aumente de 15
días a un mes para que el consumidor pueda compararla con otra entidad. En este
caso el margen que tiene el cliente para pensar la propuesta es más amplio por
lo que la decisión debería estar mejor estudiada. Además de ello, se obliga a
que los contratos hipotecarios sean personalizados. Un contrato para cada
cliente, es decir, una especialización contractual más detallada que la actual
vigente, la cual está completamente desconocida su vigencia. Una condición más
que estipula este anteproyecto es la necesaria y obligada función de las
entidades financieras en informar de manera detallada todo lo que lleva
aparejado el producto hipotecario, desde los seguros que les acompaña hasta la
información relacionada con avalistas. Este borrador fue presentado a finales
del año pasado y hasta hace pocos días no se ha terminado de negociar.
Esperemos que la negociación
final haya dado sus frutos y este, sobre todo, al amparo de los consumidores,
que son lo más afectados en estos tipos de contractos. Una participación
ciudadana y la prohibición impuesta por el Tribunal Supremo para que se dejen
de aplicar clausulas abusivas han resultado los detonantes para que las
entidades bancarias desarrollen nuevos contratos hipotecarios más permisivos. Ojalá que con este nuevo contrato se deje de escribir la larga historia de
los desahucios.
Cuack!
Fuente: EL DIARIO.ES
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